miércoles, 20 de mayo de 2009

Impugnaciones: ¡ A llorar a la Iglesia !





Los argumentos de la resolución que habilita a Kirchner competir en Pcia
En una resolución mucho más escueta, el Juez Federal con competencia electoral en la Provincia, Manuel Humberto Blanco, desechó de un plumazo las objeciones de la oposición en torno al supuesto impedimento para que Néstor Kirchner sea candidato por la Provincia de Buenos Aires por una cuestión de tipo reglamentaria, en relación a su domicilio y radicación, al coincidir en un todo con los argumentos presentados por el FJpV para rechazar esa impugnación.

En efecto, en los fundamentos de la resolución en la que Blanco encuentra que “no existen motivos para admitir” las impugnaciones presentadas por la oposición a su candidatura en representación de la Provincia de Buenos Aires para los comicios de junio próximo, el magistrado aclara que “Néstor Carlos Kirchner reúne los requisitos constitucionales y legales para participar” de esos comicios.

Lo hace, incluso, con argumentos interpretativos en los que le otorga validez a la posición del oficialismo, en el sentido de la fecha que debería tenerse en cuenta para contabilizar los dos años de residencia en la Provincia, al fijarlos en el momento mismo de la asunción del cargo por el que se presenta, es decir, el próximo 10 de diciembre.

“Es cierto que el artículo 34 dispone que el tiempo que (Néstor Kirchner) actuó como Presidente de la Nación no da residencia en la Provincia, pero desde el cese” de esa actividad “-acaecido el 10 de diciembre de 2007- hasta el previsto para el día de la incorporación a la Cámara de Diputados de la Nación -10 de diciembre de 2009- se cumple el requisito constitucional aludido”, asegura Blanco.

Con esa conclusión, el Juez resuelve “no hacer lugar a la impugnación deducida en autos contra la candidatura a Diputado Nacional por la Alianza Frente Justicialista para la Victoria del ciudadano Néstor Carlos Kirchner”.

La Residencia Presidencial de Olivos está sujeta a la Jurisdicción federal, pero se encuentra en la Provincia de Buenos Aires y a los fines electorales, quien ha vivido allí y lo acredita –Kirchner, en mi opinión así lo hace- puede elegir y ser elegido en el ámbito de dicha Provincia”, aseguró el Magistrado.

Blanco, rechazó incluso otra prueba presentada por los impugnantes con la que le apuntaban al principal argumento oficialista: una escritura en la que el propio Néstor Kirchner había denunciado, el 21 de diciembre de 2007 –con lo cuál extendían el plazo de dos años exacto que efectivamente se cumplen entre cese de su actividad al frente del Ejecutivo y momento exacto de su asunción en la Cámara de Diputados- como su domicilio, uno en Río Gallegos, provincia de Santa Cruz.

En ese sentido, el Blanco sostiene respecto de esa escritura pública “suscripta por el matrimonio Fernández-Kirchner y su hijo en la ciudad de Río Gallegos en la fecha que señala el impugnante, estimo que la misma carece de relevancia toda vez que en ella se citó, precisamente, el domicilio que, en esa fecha, el candidato tenía en su documento nacional de identidad”.

Tal como en el caso de las impugnaciones a Scioli y a Sergio Massa, el magistrado optó, en el supuesto de otorgarle cierto grado de validez al reclamo de la oposición, que “entre dos posibles soluciones, debe ser preferida aquella que mejor se adecue al principio de participación”, motivo por el que autorizó a Néstor Kirchner a ser candidato por la Provincia de Buenos Aires.
Fuente: Info Cielo

Foto: Brie Anna ( para opositores llorones, aunque sea, miren a la niñita. ¡ es un consuelo !

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