miércoles, 25 de agosto de 2010

Plusvalía: ¡ Por fin ! Algún concejal del justicialismo opinó...


Lleva un tiempito bastante larga la discusión al anteproyecto del oficialismo sobre la llamada "plusvalía urbana", y el principal bloque opositor en el HCD, no había sentado posición sobre un tema controvertido para el progreso de la ciudad. Bueno, nunca es tarde cuando la dicha es buena, y el presidente "in tempore" del bloque habló. Acá va la nota de ABCHoy:


Antes de introducirnos en el tema, el presidente del bloque Eduardo Antonio Ferrer (presidente del bloque) aseguró que "queremos expresar que se entiende por plusvalía urbana al valor agregado del suelo por acciones y/o inversiones que efectúa el Estado a través de normas o infraestructura, sin que participe la voluntad del propietario. Entonces es justo pensar que si la plusvalía es un valor generado en la comunidad, vuelva a ella en un porcentaje significativo. Tal cual establecía el Art. 38 de la Constitución de 1949 –derogada-; “la propiedad tiene una función social y en consecuencia, estará sometida a las obligaciones que establezca la ley con fines del bien común”.

Hecha esta aclaración y en referencia al Proyecto Plusvalía, por tratarse de un tema muy complejo hubiese sido importante antes de su presentación convocar a distintos sectores de la ciudad relacionados con el tema que comprende a las normativas Convenios Urbanísticos, Tributo por Contribución por Mejoras y Afectación al Fondo de Desarrollo Urbano. Para dar un ejemplo, la Comisión de Gestión Territorial no tuvo participación en el estudio del proyecto siendo un espacio de representación importante en la ciudad; asimismo, técnicamente sus aportes hubiesen resultado substanciales para el debate. Por otra parte, si los Convenios y el Tributo están contenidos en el Plan de Desarrollo Territorial, “le compete a la Comisión mencionada dictaminar sobre el mérito o conveniencia del convenio, como así también sobre cualquier modificación del PDT”.

Haciendo referencia a los Convenios Urbanísticos, el artículo 6to. enuncia: “En ningún caso podrán establecerse convenios que violen el espíritu que guía las políticas urbanas para cada sector…Los proyectos o convenios urbanísticos deben observar las normas municipales, admitiéndose excepciones razonablemente fundadas que sean de carácter particular en relación a cada convenio, siempre que no impliquen afectación a terceros”. Más allá de la redacción ajustada a Derecho, este artículo amerita un análisis minucioso ya que, cuando se refiere al “espíritu” y al “razonablemente fundados”, qué criterios establece ese espíritu, esa razonabilidad y quién/quienes van a determinarlos. Por otra parte, si los convenios urbanísticos no implican excepciones, el texto debiera redactarse “admitiéndose proyectos que no requieran excepciones al Plan de Ordenamiento”. Si hay que modificar el plan de ordenamiento, dicho cambio debe ser beneficioso para todos los vecinos y no para algunos en particular. El Plan de Ordenamiento Territorial establece entre sus principales objetivos preservar las Sierras y su entorno, sin embargo no tenemos aún el plan de manejo de la zona serrana. En los últimos años, por falta de control y otros motivos se ha construido donde no se debería y esto ha generado y genera una gran preocupación sobre la urbanización de la ciudad. El paisaje protegido debe ser preservado sin excepciones. La planificación del crecimiento de la ciudad, cuidando su patrimonio natural, evitando la degradación del ambiente y el respeto a la igualdad ante la ley son aspectos imprescindibles de un genuino desarrollo.

La otra cuestión a tener en cuenta es que, estos tres proyectos de Ordenanzas son herramientas que pueden ser fundamentales para una política de estado seria: por lo tanto, es imprescindible el conocimiento y el consenso de toda la comunidad más allá de los acuerdos políticos circunstanciales. Esta mirada social es el correlato necesario para una justa distribución que asegure la equidad. Si estos consensos llevan más tiempo de lo esperado seguramente harán que la normativa se enriquezca y satisfaga al conjunto, por lo tanto hay que debatirla todo el tiempo que sea necesario.

Otro aspecto sobre el cual reflexionar es el vinculado a la Afectación del Fondo de Desarrollo Urbano, en este sentido consideramos que surgen interrogantes que aún no tiene respuesta: a) Con que criterio se establece cobrar un 30 % del plusvalor b) De ese porcentaje por que no utilizar su totalidad en una verdadera política de viviendas para distintos sectores de la ciudad. c) Ante el reclamo de un particular en contra de este “impuesto” y su acción judicial, ¿sobre quien recaería la responsabilidad ante un fallo a favor del vecino? Por ultimo, la condición de un debate es importante porque se pueden observar diferentes puntos de vista de sectores sociales involucrados, para luego sancionar una normativa que beneficie a todos los vecinos


Fuente: ABCHoy

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